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Abr 24 2019

Resumen de la Reforma Laboral desde la perspectiva de la pyme

Despidos improcedentes

  1. A partir de esa fecha, los despidos improcedentes supondrán 33 días de salario por año de antigüedad con tope de 24 mensualidades.
  2. La antigüedad anterior computará a 45 días por año.
  3. Los contratos anteriores a 12/02/2012 mantendrán un tope de 42 mensualidades.
  4. No se pagarán salarios de tramitación en los despidos improcedentes.

Despidos objetivos

  • Se regula con más precisión el despido por disminución persistente del nivel de ventas y el despido por absentismo.
  • Se concreta que disminución persistente del nivel de ventas es caída de ventas en tres trimestres consecutivos.
  • Se concreta que se podrá despedir a quien falte al trabajo un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o 25% en cuatro meses discontinuos en un año.

EREs

  • Se aparta a la autoridad laboral del proceso de autorización el ERE, haciendo el proceso más rápido y sencillo.
  • Los casos de desacuerdo se dirimen ante el juzgado de lo social.

Modificación de condiciones de trabajo

  • Las empresas pueden modificar las condiciones de trabajo (incluidos los sueldos) con un preaviso de 15 días a los trabajadores, si se hace de forma individual, y de 15 días de consultas más 7 días de preaviso para las modificaciones colectivas.

Modificaciones en los convenios

  • Se simplifica el descuelgue.
  • Se da preferencia al convenio de empresa sobre los generales.
  • Se limita a 2 años la prórroga automática de los convenios.

Medidas de flexibilidad interna

  • Movilidad funcional:
    Desaparecen las categorías.
    Todos los trabajadores quedarán adscritos a grupos profesionales.
  • Ajuste de la jornada a la carga de trabajo:
    La empresa podrá distribuir de manera irregular el 5% de la jornada a lo largo del año
  • Más apoyo a la movilidad geográfica

Nuevo contrato indefinido en jornada completa de apoyo a la pyme de menos de 50 trabajadores

  • Con 1 año de prueba
  • Con incentivos fiscales y bonificaciones en la SS para menores de 30 años o mayores de 45

Mejoras en el contrato de formación y aprendizaje

  • Ampliación de su duración máxima a 3 años (mínima 1)
  • Ampliación de la edad hasta 30 años
  • Nuevas deducciones de cuotas de SS

Derecho a la formación potenciado

  • Derecho del trabajador a un permiso retribuido de 20 horas de formación anuales, vinculadas a su puesto de trabajo.

Contrato a tiempo parcial

  • Se permitirá la realización de horas extraordinarias.

FUENTE: www.ajebaskalava.es

Written by Seavi Centro de negocios · Categorized: Noticias

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