Despidos improcedentes
- A partir de esa fecha, los despidos improcedentes supondrán 33 días de salario por año de antigüedad con tope de 24 mensualidades.
- La antigüedad anterior computará a 45 días por año.
- Los contratos anteriores a 12/02/2012 mantendrán un tope de 42 mensualidades.
- No se pagarán salarios de tramitación en los despidos improcedentes.
Despidos objetivos
- Se regula con más precisión el despido por disminución persistente del nivel de ventas y el despido por absentismo.
- Se concreta que disminución persistente del nivel de ventas es caída de ventas en tres trimestres consecutivos.
- Se concreta que se podrá despedir a quien falte al trabajo un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o 25% en cuatro meses discontinuos en un año.
EREs
- Se aparta a la autoridad laboral del proceso de autorización el ERE, haciendo el proceso más rápido y sencillo.
- Los casos de desacuerdo se dirimen ante el juzgado de lo social.
Modificación de condiciones de trabajo
- Las empresas pueden modificar las condiciones de trabajo (incluidos los sueldos) con un preaviso de 15 días a los trabajadores, si se hace de forma individual, y de 15 días de consultas más 7 días de preaviso para las modificaciones colectivas.
Modificaciones en los convenios
- Se simplifica el descuelgue.
- Se da preferencia al convenio de empresa sobre los generales.
- Se limita a 2 años la prórroga automática de los convenios.
Medidas de flexibilidad interna
- Movilidad funcional:
Desaparecen las categorías.
Todos los trabajadores quedarán adscritos a grupos profesionales.
- Ajuste de la jornada a la carga de trabajo:
La empresa podrá distribuir de manera irregular el 5% de la jornada a lo largo del año
- Más apoyo a la movilidad geográfica
Nuevo contrato indefinido en jornada completa de apoyo a la pyme de menos de 50 trabajadores
- Con 1 año de prueba
- Con incentivos fiscales y bonificaciones en la SS para menores de 30 años o mayores de 45
Mejoras en el contrato de formación y aprendizaje
- Ampliación de su duración máxima a 3 años (mínima 1)
- Ampliación de la edad hasta 30 años
- Nuevas deducciones de cuotas de SS
Derecho a la formación potenciado
- Derecho del trabajador a un permiso retribuido de 20 horas de formación anuales, vinculadas a su puesto de trabajo.
Contrato a tiempo parcial
- Se permitirá la realización de horas extraordinarias.
FUENTE: www.ajebaskalava.es
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